Área de Protección de Flora y Fauna
Balandra
Regulaciones el 30 de octubre de 2026
Prevalecen los carteles en el lugar y las resoluciones posteriores; consulta la fuente.
Rigen en todo el interior del límite, haya o no un lugar señalado.
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Actividad regulada
Acampada y vivac · Todo el año
En vigor el 30 de octubre de 2026
Regla 24. El campismo se realizará, de acuerdo a la subzonificación, en las áreas establecidas para tal efecto, atendiendo las siguientes prohibiciones:
- I. Excavar, nivelar o desmontar la vegetación del terreno donde se acampe;
- II. Erigir instalaciones permanentes de campamento, e
- III. Instalar campamentos en la duna costera.
Publicado por Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, 29 oct 2015 · Programa de Manejo del Área Natural Protegida con el carácter de Área de Protección de Flora y Fauna Balandra — DOF 29/10/2015
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Actividad regulada
Senderismo · Todo el año
En vigor el 30 de octubre de 2026
Regla 22. Los visitantes del Área de Protección deberán observar las siguientes disposiciones durante su estancia en el área natural protegida:
[…]
- III. Utilizar exclusivamente los senderos establecidos, y
Publicado por Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, 29 oct 2015 · Programa de Manejo del Área Natural Protegida con el carácter de Área de Protección de Flora y Fauna Balandra — DOF 29/10/2015