Área de Protección de Flora y Fauna
Balandra
Regulacions el 30 d’octubre del 2026
Prevalen els cartells al lloc i les resolucions posteriors; consulta la font.
Regeixen a tot l’interior del límit, hi hagi o no un lloc assenyalat.
-
Activitat regulada
Acampada i bivac · Tot l’any
Vigent el 30 d’octubre del 2026
Regla 24. El campismo se realizará, de acuerdo a la subzonificación, en las áreas establecidas para tal efecto, atendiendo las siguientes prohibiciones:
- I. Excavar, nivelar o desmontar la vegetación del terreno donde se acampe;
- II. Erigir instalaciones permanentes de campamento, e
- III. Instalar campamentos en la duna costera.
Publicat per Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, 29 d’oct. del 2015 · Programa de Manejo del Área Natural Protegida con el carácter de Área de Protección de Flora y Fauna Balandra — DOF 29/10/2015
-
Activitat regulada
Senderisme · Tot l’any
Vigent el 30 d’octubre del 2026
Regla 22. Los visitantes del Área de Protección deberán observar las siguientes disposiciones durante su estancia en el área natural protegida:
[…]
- III. Utilizar exclusivamente los senderos establecidos, y
Publicat per Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, 29 d’oct. del 2015 · Programa de Manejo del Área Natural Protegida con el carácter de Área de Protección de Flora y Fauna Balandra — DOF 29/10/2015