Parque Nacional
Arrecife Alacranes
Regulacions el 30 d’octubre del 2026
Prevalen els cartells al lloc i les resolucions posteriors; consulta la font.
Regeixen a tot l’interior del límit, hi hagi o no un lloc assenyalat.
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Activitat regulada
Acampada i bivac · Tot l’any
Vigent el 30 d’octubre del 2026
Regla 21.- Las actividades turístico recreativas podrán realizarse solamente en los sitios destinados para este fin y en las modalidades establecidas en el presente documento. Los usuarios del Parque deberán respetar y acatar los lineamientos de uso de los sitios de campamentos y senderos establecidos por la Dirección del mismo.
Publicat per Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, 29 de nov. del 2007 · Programa de Manejo del Area Natural Protegida con el carácter de Parque Nacional Arrecife Alacranes — DOF 29/11/2007