Área de Protección de Flora y Fauna
Valle de los Cirios
Regulaciones el 30 de octubre de 2026
Prevalecen los carteles en el lugar y las resoluciones posteriores; consulta la fuente.
Rigen en todo el interior del límite, haya o no un lugar señalado.
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Actividad regulada
Acampada y vivac · Todo el año
En vigor el 30 de octubre de 2026
Regla 25. Sólo se podrá acampar bajo las siguientes condiciones:
- I. No excavar, nivelar, cortar o desmontar la vegetación del terreno donde se acampe.
- II. Provocar ruidos que perturben a otros visitantes o el comportamiento natural de la fauna silvestre.
- III. No erigir instalaciones permanentes de campamento.
Publicado por Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, 2 abr 2013 · Programa de Manejo del Area de Protección de Flora y Fauna Silvestre Valle de los Cirios — DOF 02/04/2013
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Actividad regulada
Senderismo · Todo el año
En vigor el 30 de octubre de 2026
Regla 8. Los usuarios y visitantes del Area Natural Protegida deberán cumplir además de lo previsto en las Reglas Administrativas correspondientes, con las siguientes obligaciones:
[…]
- II. Hacer uso exclusivamente de las rutas y senderos establecidos para recorrer el Area Natural Protegida;
Publicado por Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, 2 abr 2013 · Programa de Manejo del Area de Protección de Flora y Fauna Silvestre Valle de los Cirios — DOF 02/04/2013