Área de Protección de Flora y Fauna
Boquerón de Tonalá
Regulaciones el 30 de octubre de 2026
Prevalecen los carteles en el lugar y las resoluciones posteriores; consulta la fuente.
Rigen en todo el interior del límite, haya o no un lugar señalado.
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Actividad regulada
Acampada y vivac · Todo el año
En vigor el 30 de octubre de 2026
Regla 24. Las actividades de campismo están sujetas a las siguientes prohibiciones:
- I. Excavar, nivelar, cortar o desmontar la vegetación del terreno donde se acampe, y
- II. Erigir instalaciones permanentes de campamento. Asimismo, dichas actividades sólo se podrán realizar dentro de las subzonas destinadas para tal efecto.
Publicado por Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, 3 abr 2013 · Programa de Manejo del Area de Protección de Flora y Fauna Boquerón de Tonalá — DOF 03/04/2013
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Actividad regulada
Senderismo · Todo el año
En vigor el 30 de octubre de 2026
Regla 22. Los visitantes deberán observar las siguientes disposiciones durante su estancia en el Area de Protección:
[…]
- II. Utilizar exclusivamente los senderos establecidos;
Publicado por Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, 3 abr 2013 · Programa de Manejo del Area de Protección de Flora y Fauna Boquerón de Tonalá — DOF 03/04/2013