Monumento Natural
Mallos de Riglos, Agüero y Peña Rueba
Regulaciones el 30 de octubre de 2026
Prevalecen los carteles en el lugar y las resoluciones posteriores; consulta la fuente.
Rigen en todo el interior del límite, haya o no un lugar señalado.
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Prohibido todo el año
Acampada y vivac · Todo el año
En vigor el 30 de octubre de 2026
- 7. Actividades de uso público turísticas y recreativas.
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7.7. Se prohíbe la acampada y la pernocta en todo el ámbito del espacio natural protegido, ya sea mediante vivac, chozas, tiendas, toldos, vehículos o cualquier elemento móvil.
Publicado por Gobierno de Aragón, 22 jul 2026 · DECRETO 131/2026, de 22 de julio, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el Plan Rector de Uso y Gestión del Monumento Natural de los Mallos de Riglos, Agüero y Peña Rueba
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Actividad regulada
Senderismo · Todo el año
En vigor el 30 de octubre de 2026
- 7. Actividades de uso público turísticas y recreativas.
7.1. Se permite el senderismo por las vías señalizadas y acondicionadas para ello.
Publicado por Gobierno de Aragón, 22 jul 2026 · DECRETO 131/2026, de 22 de julio, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el Plan Rector de Uso y Gestión del Monumento Natural de los Mallos de Riglos, Agüero y Peña Rueba
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Actividad regulada
Escalada · Todo el año
En vigor el 30 de octubre de 2026
- 8. Escalada.
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8.6. En las zonas de reserva definidas y representadas en el Anexo I. Mapas 1.5 a, b y c queda prohibida la práctica de la escalada en cualquier modalidad durante todo el año.
8.7. En zona de uso limitado se permite la práctica de escalada clásica.
8.8. En zona de uso limitado, se permite la práctica de la escalada deportiva y vía ferrata, en las vías actuales.
8.9. En zona de uso limitado de Los Mallos de Agüero, en el sector denominado "As gargantas”, únicamente se permite la práctica de la escalada deportiva entre el 1 de agosto y el 28 de febrero.
Publicado por Gobierno de Aragón, 22 jul 2026 · DECRETO 131/2026, de 22 de julio, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el Plan Rector de Uso y Gestión del Monumento Natural de los Mallos de Riglos, Agüero y Peña Rueba
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Actividad regulada
Vía ferrata · Todo el año
En vigor el 30 de octubre de 2026
- 8. Escalada.
[…]
8.2. En el ámbito de aplicación del presente PRUG está prohibida la instalación de nuevas vías ferratas.
[…]
8.6. En las zonas de reserva definidas y representadas en el Anexo I. Mapas 1.5 a, b y c queda prohibida la práctica de la escalada en cualquier modalidad durante todo el año.
8.7. En zona de uso limitado se permite la práctica de escalada clásica.
8.8. En zona de uso limitado, se permite la práctica de la escalada deportiva y vía ferrata, en las vías actuales.
Publicado por Gobierno de Aragón, 22 jul 2026 · DECRETO 131/2026, de 22 de julio, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el Plan Rector de Uso y Gestión del Monumento Natural de los Mallos de Riglos, Agüero y Peña Rueba
Zonas reguladas
1 zona · Regulaciones el 30 de octubre de 2026