Monumento Natural
La Corona
Regulaciones el 30 de octubre de 2026
Prevalecen los carteles en el lugar y las resoluciones posteriores; consulta la fuente.
Rigen en todo el interior del límite, haya o no un lugar señalado.
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Prohibido todo el año
Escalada y espeleología · Todo el año
En vigor el 30 de octubre de 2026
Artículo 33. Usos prohibidos
[…]
- II. Además se consideran prohibidos los siguientes usos:
[…]
- 22. La práctica de la escalada y la espeleología fuera de los lugares especificados en las determinaciones y condicionantes y, dentro de estos lugares, en la época de nidificación de las aves, salvo cuando fuera necesario por razones de gestión, conservación y científicas y según los condicionantes específicos de estas Normas.
[…]
Artículo 65. Actividad turística. Uso público y actividades recreativas.
[…]
- 3. Actividades recreativas
[…]
- i) La práctica de la espeleología y la escalada se desarrolla actualmente de forma esporádica en buena parte de Los Jameos (Cueva de Los Siete Lagos, Jameo de la Puerta Falsa, Jameo de La Gente y los otros tres situados entre estos dos últimos) y en 3 bloques erráticos, lugares donde nidifican algunas rapaces mientras que en los bloques se han detectado especies de flora protegida. El número de lugares parece excesivo, por lo que únicamente se deben disponer como alternativa para tales actividades deportivas alguno de los jameos ubicados entre el cráter de La Corona y el cruce de carreteras LZ-201/LZ-203 y dos bloques erráticos, uno el situado en el margen de la carretera LZ-203 (coordenadas UTM 28R FT 650280; 3230720) y otro el situado en las coordenadas UTM 28R FT 650610; 3230330.
- j) En todo caso, estas actividades están prohibidas en la época de cría de las aves, desde febrero hasta mayo, ambos inclusive, siendo autorizable en el resto del tiempo, no cabiendo agrupaciones masivas ni celebraciones de campeonato alguno, así como que su permanencia no sea excesiva y se sitúe entre 1 hora después de la salida del sol y dos antes de ponerse.
- k) En el caso específico de la escalada o espeleología dentro del tubo volcánico, se limitará el acceso a grupos pequeños (no más de 5) que deberán contar con autorización del Órgano Gestor, y según la fragilidad de los tramos, sólo se permitirá esta actividad por fines científicos, de conservación y gestión cuando sea necesario.
Publicado por Gobierno de Canarias · Normas de Conservación del Monumento Natural de La Corona (L-4) — Documento Normativo, aprobación definitiva
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Prohibido todo el año
Acampada y vivac · Todo el año
En vigor el 30 de octubre de 2026
Artículo 33. Usos prohibidos
[…]
- II. Además se consideran prohibidos los siguientes usos:
[…]
- 16. La acampada.
Publicado por Gobierno de Canarias · Normas de Conservación del Monumento Natural de La Corona (L-4) — Documento Normativo, aprobación definitiva
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Actividad regulada
Parapente · Todo el año
En vigor el 30 de octubre de 2026
Artículo 33. Usos prohibidos
[…]
- II. Además se consideran prohibidos los siguientes usos:
[…]
- 18. El despegue y aterrizaje para la práctica del vuelo libre en cualquiera de sus modalidades.
Publicado por Gobierno de Canarias · Normas de Conservación del Monumento Natural de La Corona (L-4) — Documento Normativo, aprobación definitiva