Cova d'en Bessó
Espeleología
Regulaciones el 30 de octubre de 2026
Prevalecen los carteles en el lugar y las resoluciones posteriores; consulta la fuente.
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Necesaria autorización
Espeleología · Todo el año
En vigor el 30 de octubre de 2026
Tabla 1 – ZEC del ámbito de gestión
[…]
NOMBRE: Cova d`en Bessó o Genovesa
CÓDIGO: ES5310050
[…]
6.2. MEDIDAS Y ACCIONES REGULADORAS
Medida 1: Régimen de usos compatibles o autorizables
Con carácter general no se permiten los usos y actuaciones que supongan:
[…]
- i) El acceso a las cavidades sin la correspondiente autorización administrativa de la consejería competenete en materia de medio ambiente.
En el ámbito de gestión son usos o actividades autorizables, sin perjuicio, de la correspondiente evaluación de repercusiones ambientales que establece el artículo 39 de la Ley 5/2005 LECO:
[…]
- f) El acceso a las cuevas para realizar actividades de espeleología y de investigación científica es una actividad autorizable. Mediante una resolución de la dirección general competente en espacios protegidos red Natura 2000 se estableceran los periodos de acceso temporal, el número de personas por grupo y dia y los requisitos necesarios requeridos, según la cueva, para prevenir que las visitas puedan provocar afección negativas a los hábitats y especies de interés comunitario. Todo ello sin perjuicio de la preceptiva autorización de los propietarios del terreno por donde se deba pasar para acceder a la entrada de la cueva.
Publicado por Govern de les Illes Balears, 27 mar 2015 · Decreto 14/2015, de 27 de marzo, por el que se aprueban cinco planes de gestión de determinados espacios protegidos red Natura 2000 de las Illes Balears