Monumento Natural
Montaña Tejina
Regulacions el 31 d’octubre del 2026
Prevalen els cartells al lloc i les resolucions posteriors; consulta la font.
Regeixen a tot l’interior del límit, hi hagi o no un lloc assenyalat.
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Cal autorització
Escalada i barranquisme · Tot l’any
Vigent el 31 d’octubre del 2026
Artículo 19. Usos Autorizables
[…]
- 10. La práctica de la escalada, el barranquismo y otros deportes de montaña.
[…]
Artículo 29. Condiciones específicas para la práctica de la escalada, el barranquismo y otros deportes de montaña.
- 1. A los efectos de la aplicación de estas Normas de Conservación, se entiende como escalada todo recorrido sobre el terreno en el que deban emplearse con regularidad las manos para progresar, o el empleo de medios de progresión o aseguramiento artificiales. Barranquismo será toda progresión a pie por cañones o barrancos en la que se precise la utilización regular de las manos, o el empleo de medios de progresión o aseguramiento artificiales.
- 2. En ningún caso podrán afectar a especies vegetales y animales catalogados en los diferentes listados de protección.
- 3. No podrán afectar específicamente a la nidificación de especies catalogadas de aves, para lo cual se atenderá especialmente a las épocas de cría.
- 4. En ningún caso podrán desarrollarse en el interior del hábitat natural de interés comunitario prioritario cartografiado en el interior del Monumento Natural.
Publicat per Gobierno de Canarias · Normas de Conservación del Monumento Natural de Montaña de Tejina (T-25) — Documento Normativo, aprobación definitiva
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Cal autorització
Parapent · Tot l’any
Vigent el 31 d’octubre del 2026
Artículo 19. Usos Autorizables
[…]
- 11. La práctica del parapente y otros deportes aéreos.
[…]
Artículo 30. Condiciones específicas para la práctica del parapente y otros deportes aéreos.
- 1. En ningún caso los lugares de despegue o aterrizaje podrán afectar a especies vegetales y animales catalogados en los diferentes listados de protección.
- 2. No podrán afectar específicamente a la nidificación de especies catalogadas de aves, para lo cual se atenderá especialmente a las épocas de cría.
- 3. En ningún caso los lugares de despegue o aterrizaje podrán ubicarse en el interior del hábitat natural de interés comunitario prioritario cartografiado en el interior del Monumento Natural.
Publicat per Gobierno de Canarias · Normas de Conservación del Monumento Natural de Montaña de Tejina (T-25) — Documento Normativo, aprobación definitiva
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Prohibit tot l’any
Acampada i bivac · Tot l’any
Vigent el 31 d’octubre del 2026
Artículo 18. Usos prohibidos
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- 22. La acampada y la ocupación de terrenos para el establecimiento de caravanas o remolques.
Publicat per Gobierno de Canarias · Normas de Conservación del Monumento Natural de Montaña de Tejina (T-25) — Documento Normativo, aprobación definitiva
Zones regulades
1 zona · Regulacions el 31 d’octubre del 2026